Acoso en el lugar de trabajo

Abogado de Miami por Acoso en el Lugar de Trabajo

El acoso del lugar de trabajo es un tipo de discriminación que viola el título VII del Acto De Derechos Civiles De 1964 y otra autoridad federal. Baron, Herskowitz, and Cohen representa a los individuos que sienten que han sido acosados erróneamente en el trabajo. Si usted ha sido acusado por algún otro empleado o su patrón, contacte a los abogados en liquidación laboral Miami de Baron, Herskowitz, and Cohen hoy mismo.

El acoso consiste en realizar comentarios o conducta mal acogidos en base a:

  • Género
  • Raza
  • Otros atributos legalmente protegidos

El acoso consiste en realizar comentarios o conducta mal acogidos en base a:

  • Un gerente
  • Compañero de trabajo
  • Una persona no empleada (un contratista, un vendedor, o un visitante, por ejemplo)

Los tipos de acoso sexual incluyen:

  • Miradas maliciosas
  • Realizar comentarios ofensivos acerca de la apariencia, la ropa o el cuerpo de alguien
  • Ser tocado de manera inapropiada lo cual hace que el empleado se sienta incómodo, incluyendo dar palmadas, pellizcar o tocar intencionalmente el cuerpo de otra persona
  • Hacer bromas con tono sexual u obsceno, colgar fotos o posters que son sexuales, o realizar gestos sexuales
  • Enviar correos, notas, cartas, imágenes o cualquier otra forma de comunicación escrita o gráfica que son sexualmente sugestivos

Ejemplos de acoso no sexual pueden incluir:

  • Utilizar nombres o apodos que son racialmente despectivos
  • Utilizar fotos, gestos, o dibujos que ofenden a un grupo racial o étnico
  • Hacer comentarios acerca del color de la piel de una persona o cualquier otra característica étnica o racial
  • Comentar acerca de la creencia religiosa o falta de creencia religiosa de alguna persona
  • Comentar negativamente acerca de la edad de una persona si son mayores de 40 años
  • Observaciones ofensivas acerca de la discapacidad física o mental de un empleado
  • Conducta de acoso por un supervisor que conlleva al cambio del estatus de empleo de alguien, por ejemplo contratar, despedir, falla al promover, degradar, suspender, se reasignado a una posición menos deseable o cambiar negativamente los beneficios de un empleado, su compensación, o misión de trabajo

Para entablar una queja formal de acoso, el empleado debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Pertenecer a una clase que está protegida por ley
  • Ser lesionado u ofendido por una conducta que se relacione con ser parte de esta clase
  • Que los términos o condición de su trabajo sean afectados por la conducta indeseable
  • Que su rendimiento de trabajo se haya visto irracionalmente entorpecido por la conducta de acoso
  • Que tenga un ambiente de trabajo ofensivo, hostil, o intimidante
  •  

La ley requiere que el empleado que declara haber sido acusado contacte a un oficial de EEO dentro de los 45 días siguientes al incidente. Debido a este límite de 45 días, es importante que un empleado hable rápidamente con un abogado con experiencia en este tipo de quejas. Los abogados de Baron, Herskowitz, and Cohen han dedicado parte de su práctica a la liquidación laboral y son exitosos en ayudar a sus clientes con sus casos. Para programar una consulta y saber si usted tiene un reclamo legítimo, contáctenos hoy mismo.

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